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DEPORTES

Tres años de sanción a la etíope Ruth Chepng’etich, plusmarquista mundial de maratón

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Fotografia de Adam Davy (pool), en la que puede verse en una imagen de archivo del 4 de octubre de 2020 a la keniana Ruth Chepngetich durante una prueba. EFE

Madrid, 23 oct (EFE).- La Unidad de Integridad de Atletismo (AIU) confirmó este jueves la sanción de tres años a la etíope Ruth Chepng’etich, plusmarquista mundial de maratón, tras admitir violaciones de las normas antidopaje (ADRVs) por el consumo de un diurético prohibido.

Fotografía de Víctor Lerena, en la que puede verse en una imagen de archivo del 30 de diciembre de 2019 a la keniana Ruth Chepngetich. EFE

La keniana de 31 años, excampeona mundial de maratón y ganadora en tres ocasiones del Maratón de Chicago, aceptó los cargos y la sanción tras el positivo por el diurético hidroclorotiazida (HCTZ) en una muestra recogida el 14 de marzo y una posterior investigación de la AIU sobre las circunstancias.

El organismo explicó que los diuréticos son empleados por los atletas para ocultar la presencia en la orina de otras sustancias prohibidas y que el HCTZ también ha sido identificado como un posible contaminante en productos farmacéuticos.

El límite mínimo establecido por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) por debajo del cual no se debe notificar un resultado positivo es de 20 ng/ml, En el caso de Chepng’etich se encontró una concentración estimada de 3800 ng/ml.

Según la AIU, la atleta no pudo ofrecer una explicación sobre su resultado positivo cuando fue entrevistada el 16 de abril y para descartar la posibilidad de contaminación se recopilaron datos sobre los suplementos y medicamentos que había tomado en el período previo al positivo, así como una copia de su teléfono móvil.

En una entrevista posterior, el 11 de julio de 2025, se presentaron a Chepng’etich evidencias obtenidas en su móvil que indicaban una sospecha razonable de que su positivo podría haber sido intencionado.

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Posteriormente, el 31 de julio, la deportista envió un escrito a la AIU en el que informaba de que, días antes del positivo, estuvo enferma y tomó la medicación de su empleada doméstica como tratamiento, sin medidas previas para verificar si contenía una sustancia prohibida.

También declaró que había olvidado informar sobre este incidente a los investigadores de la AIU y envió una foto del blister del medicamento que claramente marcaba el medicamento como ‘Hidroclorotiazida’.

La AIU apenas consideró creíble estas explicaciones y estimó como dolo indirecto la imprudencia de Chepng’etich, por lo que decidió ampliar el periodo de sanción a 4 años y se lo comunicó el último 22 de agosto.

Dado que la atleta admitió entonces la infracción de la normativa antidopaje y aceptó la sanción en un plazo de 20 días desde su comunicación, el 10 de septiembre se le concedió una reducción automática de un año en el castigo -finalmente son tres-, en aplicación de la disposición sobre admisión temprana y aceptación de la sanción del artículo 10.8.1 de la normativa antidopaje.

El director de la AIU, Brett Clothier, señaló que el caso relativo al positivo por HCTZ ha quedado resuelto, aunque la unidad seguirá investigando el material sospechoso recuperado del teléfono de Chepng’etich para determinar si se ha producido alguna otra infracción.

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Mientras tanto, todos los logros y récords de Chepng’etich anteriores a la muestra del 14 de marzo de 2025 se mantienen.

Por su parte, el presidente de la AIU, David Howman, destacó que este caso pone de relieve que “nadie está por encima de las normas” y elogió el compromiso del sector con la integridad del deporte.

“Aunque es decepcionante para quienes confían en este atleta, así es como se supone que debe funcionar el sistema. El sector del atletismo en carretera debe ser elogiado por financiar colectivamente los esfuerzos antidopaje capaces de descubrir las infracciones cometidas por atletas de élite en sus pruebas”, añadió. EFE

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