Locales
Un juez de Ecuador niega demanda para impedir que un exministro de Lasso asuma como asambleísta
![El exministro del Interior de Ecuador, Patricio Carrillo, en una fotografía de archivo. EFE/José Jácome](https://laconexionusa.com/wp-content/uploads/2023/09/rss-efea841fdfecdcab27526ef376ff6834c6584a390aaw.jpg)
Quito, 29 sep (EFE).- Un juez de Ecuador negó la demanda de amparo presentada por el correísmo para impedir que el exministro del Interior Patricio Carrillo pueda ser posesionado como asambleísta al contar con una inhabilitación de dos años para ejercer cargos públicos impuesta por la Asamblea Nacional (Parlamento).
El movimiento Construye, con el que el exministro y exdirector general de la Policía fue electo asambleísta, anunció este viernes en un comunicado que la nueva decisión judicial no dio la razón a los autores de la demanda y permitirá que pueda posesionarse en su escaño de la Asamblea.
Construye, que tenía como candidato presidencial al asesinado Fernando Villavicencio, celebró la negativa del juez a aceptar la demanda presentada por un grupo de asambleístas electos por Revolución Ciudadana, el movimiento que lidera el expresidente Rafael Correa (2007-2017).
El partido consideró que el fallo judicial está en concordancia con las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que no dieron paso a las impugnaciones presentadas contra la candidatura de Carrillo.
El exministro fue inhabilitado en febrero de este año, en un juicio político llevado a cabo por la anterior Asamblea Nacional, donde el correísmo era la fuerza más numerosa y lideraba la oposición contra el presidente, Guillermo Lasso.
La censura contra Carrillo se basó en la represión de la Policía Nacional contra las protestas lideradas por el movimiento indígena acontecidas en junio de 2022 y por el femicidio de la abogada María Belén Bernal, asesinada dentro de un recinto policial por su marido, un policía entonces en actividad.
Sin embargo, la defensa del exministro argumentó que la inhabilitación no puede afectar a sus derechos políticos para optar a un cargo de elección popular ya que la Asamblea Nacional no es un órgano jurisdiccional (que imparte justicia), al hacer referencia a jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
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