INMIGRACIÓN
Lo que debes saber antes de salir del país
USCIS advierte que ciertas ausencias prolongadas podrían poner en riesgo tu estatus migratorio

Fuente: La Nación
Viajar fuera de Estados Unidos siendo residente permanente es un derecho garantizado por la ley. Sin embargo, no todos los viajes son iguales, y según advierte el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), algunos residentes legales con green card podrían encontrar obstáculos al intentar regresar al país si no cumplen con ciertos criterios.
A través de nuevas orientaciones publicadas recientemente, la agencia recordó que aunque las salidas breves no suelen representar ningún inconveniente, las ausencias prolongadas —y la aparente falta de intención de residir de manera permanente en el país— podrían llevar a que una persona pierda su estatus.
Cuando un residente permanente regresa a Estados Unidos después de un viaje, debe presentar su tarjeta de residencia (green card) válida ante un oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). En ese momento, el agente evaluará si la persona sigue cumpliendo con los requisitos para conservar su estatus.
“El agente fronterizo tiene la última palabra”, explicó a La Conexión USA la abogada migratoria Cristina Delgado, con sede en Charlotte. “No basta con tener la tarjeta vigente. Lo que se evalúa es si existe evidencia de que la persona mantiene lazos genuinos con EE.UU. y una intención clara de residir aquí”.
Según USCIS, si un residente permanente ha estado fuera del país por más de un año sin solicitar un Permiso de Reingreso, se presume que ha abandonado su estatus, salvo que pueda probar lo contrario. Pero incluso salidas menores a 12 meses podrían ser motivo de cuestionamiento si hay señales de que la persona ya no reside de forma habitual en EE.UU.
Entre los factores que CBP podría considerar están:
- Si la persona mantiene una dirección postal activa en Estados Unidos.
- Si conserva cuentas bancarias, licencia de conducir o empleo activo.
- Si ha mantenido lazos familiares o comunitarios en el país.
- Si ha continuado pagando impuestos.
- Si mantiene la propiedad o administración de un negocio.
“La clave está en demostrar arraigo”, dijo Delgado. “Si saliste por seis u ocho meses, pero conservas todo esto, no deberías tener problemas. Pero si vendiste todo, llevas a los niños a la escuela en otro país y apenas visitas EE.UU. una vez al año, tu residencia podría estar en riesgo”.
¿Qué pasa si viajas más de un año?
Para aquellos que saben que estarán fuera de EE.UU. por más de 12 meses, la recomendación de USCIS es clara: solicitar antes de salir un Permiso de Reingreso (Formulario I-131), el cual demuestra tu intención de mantener la residencia legal.
Este permiso tiene validez de hasta dos años y sirve para evitar que pierdas tu green card por abandono. Sin embargo, no es garantía automática de reingreso. Aún con este permiso, el oficial de CBP evaluará si eres “admisible”.
“Es como un respaldo que muestra tu intención de volver”, explicó la abogada. “Pero si acumulaste delitos, no pagaste impuestos, o cometiste fraude, podrías tener problemas de todos modos”.
Si llevas fuera más de dos años
Si el tiempo fuera del país supera los dos años y ya ha expirado el Permiso de Reingreso, lo más recomendable es solicitar una visa SB-1 (Visa para Residente que Regresa), lo cual se gestiona en una embajada o consulado estadounidense. El proceso incluye demostrar que la salida fue temporal y por razones justificadas, así como someterse a un examen médico.
Hay excepciones, como en el caso del cónyuge o hijo de miembros del Ejército o empleados civiles del gobierno de EE.UU., quienes se encuentren fuera bajo órdenes oficiales.
El impacto en el proceso de ciudadanía
Las ausencias del país también pueden afectar la elegibilidad para solicitar la ciudadanía estadounidense. Para aplicar a la naturalización, se requiere haber mantenido una residencia continua por al menos cinco años (o tres si es por matrimonio con ciudadano/a).
Cualquier ausencia de más de seis meses podría interrumpir este período, y una ausencia de más de un año lo interrumpe automáticamente, a menos que el solicitante haya presentado el formulario N-470, para preservar la residencia continua por motivos específicos como trabajo en el extranjero para una compañía estadounidense.
Consejos prácticos para los residentes permanentes
La abogada Cristina Delgado y USCIS recomiendan:
- Mantener documentación que pruebe tu arraigo en EE.UU.
- Evitar ausencias largas sin justificación.
- Antes de salir por más de un año, tramitar el Permiso de Reingreso.
- Consultar con un abogado de inmigración antes de viajar si tienes dudas.
- Evitar permanecer más de seis meses fuera si planeas naturalizarte pronto.

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